
Esta Normativa tiene por objeto “Establecer los parámetros para la conformación, funcionamiento y control del Sistema Nacional de Tecnovigilancia”
Se establece la obligación de los establecimientos que producen, importan, exportan, distribuyen, comercializan, almacenan, dispensan y expenden dispositivos médicos de uso humano, contar con el permiso de funcionamiento vigente y a través del representante legal y el responsable técnico cumplir con las siguientes funciones:
